Las mascotas ya no son una excepción en los edificios. Son parte de la vida cotidiana de muchas comunidades. Perros, gatos e incluso animales menos habituales conviven a diario en portales, ascensores y zonas comunes. El problema no es su presencia. El problema aparece cuando surgen conflictos: ruidos, daños, suciedad o discusiones sobre si la comunidad puede prohibir determinados animales. Desde el punto de vista jurídico y económico, este es uno de los temas más consultados tanto por propietarios como por administradores. Y conviene abordarlo con rigor.

¿Puede una comunidad prohibir las mascotas?

La respuesta corta es: no de forma general.

La Ley de Propiedad Horizontal no permite prohibir la tenencia de animales en viviendas privadas salvo que exista una cláusula estatutaria expresa y muy específica. Incluso en esos casos, la aplicación puede ser discutible si vulnera derechos individuales.

Ahora bien, una cosa es tener mascota y otra muy distinta generar molestias.

La comunidad sí puede actuar cuando:

  • Se producen ruidos constantes que superan la tolerancia normal

  • Hay falta de higiene en zonas comunes

  • El animal provoca daños materiales

  • Existe riesgo para la seguridad de otros vecinos

En estos casos, la actuación no se basa en prohibir mascotas, sino en exigir que no se altere la convivencia.

El marco legal actual: más exigente que antes

Con la entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal, los propietarios tienen mayores obligaciones en materia de cuidado, control y responsabilidad.

Esto implica:

  • Identificación obligatoria del animal

  • Responsabilidad civil por daños causados

  • Cumplimiento de normas municipales (correas, bozal, limpieza)

 

La comunidad no legisla sobre animales, pero sí puede exigir que se respeten estas obligaciones cuando afectan al edificio.

Los conflictos más habituales

Desde la experiencia en gestión de comunidades, los incidentes más frecuentes son:

  • Perros que ladran durante largas ausencias del propietario

  • Orines en ascensores o portales

  • Arañazos o daños en puertas y zonas comunes

  • Miedo o quejas por perros potencialmente peligrosos

La mayoría de estos conflictos no acaban en juicio. Pero sí generan desgaste, tensiones y pérdida de confianza en la gestión.

¿Qué seguros cubren los daños causados por mascotas?

Aquí es donde muchos propietarios se sorprenden.

1. Seguro del propietario

La responsabilidad civil incluida en el seguro de hogar suele cubrir los daños que el animal cause a terceros (personas o bienes).

Pero no siempre cubre:

  • Daños en elementos comunes si hay negligencia grave

  • Incidentes con animales catalogados como potencialmente peligrosos sin cobertura específica

2. Seguro de la comunidad

La póliza comunitaria cubre daños en zonas comunes, pero no sustituye la responsabilidad del propietario del animal.

En caso de daño, lo habitual es:

  1. El seguro del propietario responde.

  2. Si no hay cobertura, el vecino debe asumir el coste.

Por eso es recomendable que el administrador verifique que los propietarios conocen su obligación de tener seguro.

Esquema básico de responsabilidades

Situación

Quién responde

Daño a un vecino dentro de la vivienda

Seguro del propietario

Daño en zonas comunes por mascota

Seguro del propietario (RC)

Accidente por animal sin identificar responsable

Puede intervenir seguro comunitario según caso

Falta de seguro obligatorio

Responde directamente el propietario

Cómo gestionar el conflicto sin judicializarlo todo

El mayor error es reaccionar de forma emocional o precipitada. La gestión profesional pasa por tres fases:

1. Comunicación formal y documentada

Recoger quejas por escrito, evitar rumores y advertencias verbales sin registro.

2. Advertencia fundamentada

Si hay reiteración, enviar comunicación formal recordando obligaciones legales y estatutarias.

3. Vía judicial como último recurso

Solo cuando exista alteración grave y persistente de la convivencia.

En muchos casos, una intervención temprana y neutral evita que el problema escale.

¿Puede la comunidad regular el uso de zonas comunes?

Sí, dentro de límites razonables. La comunidad puede acordar normas como:

  • Uso obligatorio de correa en zonas comunes

  • Prohibición de acceso a piscina

  • Obligatoriedad de limpieza inmediata

Lo que no puede hacer es aprobar normas discriminatorias o desproporcionadas.

Conclusión: convivencia, responsabilidad y prevención

Las mascotas no son el problema. La falta de responsabilidad sí lo es. En un entorno donde cada vez más hogares tienen animales, la clave está en equilibrar derechos y obligaciones:

  • El derecho a tener mascota

  • La obligación de no alterar la convivencia

  • La necesidad de cobertura aseguradora adecuada

Para los administradores, este es un terreno sensible que requiere criterio jurídico, capacidad de mediación y claridad documental. Porque en comunidades de propietarios, el conflicto rara vez empieza por el animal. Empieza por cómo se gestiona.