Todo sobre la accesibilidad en una comunidad de propietarios
La presencia de elementos, como rampas o ascensores, permiten a los transeúntes que presenten movilidad reducida entrar y salir con facilidad del inmueble. Esto es lo que se conoce como accesibilidad de una comunidad de propietarios. Algunos estudios estiman que, en España, unas cien mil personas no tienen facilidad para salir de sus casas por problemas de accesibilidad.
¿Cuál es la normativa vigente en materia de accesibilidad?
A partir del 4 de diciembre del 2017, en España entró en vigor la Ley de Accesibilidad. Esta ley fue creada para garantizar la accesibilidad de una comunidad de propietarios, utilizando para ello elementos adaptados a las personas con movilidad reducida que lo necesitaran. Se trata de una normativa apoyada en la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. En la actualidad, contar con un portal adaptado es de carácter obligatorio.
¿Quién puede solicitar obras de accesibilidad?
Cualquier habitante o ciudadano que trabaje en el inmueble puede solicitar estas obras. Si presenta discapacidad o su edad supera los 70 años, puede solicitar a la comunidad de vecinos las reformas correspondientes para la instalación de elementos que mejoren la accesibilidad, con la finalidad de poder entrar y salir de sus viviendas.
A pesar de que estas mejoras son de carácter obligatorio, según algunas estimaciones, más del 75 % de los inmuebles de España puede mejorar su accesibilidad. Esto puede ocurrir porque muchos vecinos desconocen la obligatoriedad de la ley vigente y, por tanto, los afectados ignoran también sus derechos.
Las reformas para instalar soluciones de accesibilidad pueden suponer una inversión cuantiosa. La persona que solicite la realización de estas obras no debe hacerse cargo de la cuantía total de las mismas, siempre y cuando este monto no supere el valor de 12 mensualidades. En este caso, cada vecino deberá aportar su parte para pagar, entre todos, los costes que la obra requiere.
Ahora bien, cuando este importe supere la cuantía de 12 mensualidades, los vecinos deberán hacerse cargo de este monto hasta ese límite. Todo lo que falte para completar el coste total deberá ser asumido, en este caso, por el vecino que solicita la reforma.
Revalorización de pisos con portales accesibles
El coste de la instalación de elementos que garanticen la accesibilidad puede ser recuperado gracias a que supone un incremento considerable en el valor de las viviendas dentro del inmueble. Y no solo se habla del precio de venta, sino también del valor del alquiler: los pisos aumentan su valor entre un 20 % y un 40 %.
Garantizar la movilidad de los residentes y trabajadores de un inmueble es una forma de garantizar el derecho a la vivienda y al trabajo de todos los ciudadanos. Por ello, dar a conocer sus derechos sobre accesibilidad de una comunidad de propietarios a personas con movilidad reducida es importante.
También puede interesarle este otro artículo:
Eliminación de barreras arquitectónicas en comunidad de propietarios