¿Puedo impugnar un acta por no haber sido convocado a la junta?
Hemos recibido la siguiente consulta en el artículo ‘Impugnar el acta en comunidad de propietarios’:
El no haber sido convocado a la Junta de copropietarios, ¿me da derecho a impugnar la Junta y por tanto la nulidad de los acuerdos adoptados?
Respuesta de Rafael del Olmo:
Sí, todos los propietarios tienen que ser convocados a la Junta de Propietarios. Si se diera el caso de que un propietario no ha recibido notificación alguna es motivo suficiente para llevar a cabo la nulidad de los acuerdos adoptados debido a la indefensión que se le ha generado.