Un lector nos hizo la siguiente consulta en el post ‘los cargos en una comunidad de propietarios‘:

¿Es obligatorio nombrar un interventor de las cuentas en las Juntas de Propietarios? y si es obligatorio y hay varios propietarios que quieran serlo, ¿se votaría o serían los dos?

Respuesta de Rafael del Olmo:

No, no es obligatorio en medida alguna, dado que la Ley de Propiedad Horizontal no contempla esta figura. No es necesaria. Sólo será exigible si los estatutos así lo preven o hay un acuerdo que así lo establece. Por tanto, en tu caso, la elección recaería sobre la persona que la junta estableciera.

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