En este post nuestro experto responde a la duda planteada por un lector relacionada con la votación de la apertura de la piscina comunitaria.
A finales de junio mi administrador de fincas hizo una propuesta por escrito a cada propietario para saber si se abría o no la piscina comunitaria con motivo del covid-19. Hubo 73 votos a favor de la apertura y 178 votos en contra.
A los diez días se hizo una asamblea y salieron 37 votos a favor y 18 en contra.
¿Se puede impugnar o denunciar a la administración por prevaricar y dar la vuelta a una votación?

Respuesta de Rafael del Olmo

No hay prevaricación ni creemos que el administrador sea denunciable.
El problema es que ha usado un método que no está contemplado por la ley: el voto por correo electrónico.
De todos modos, la comunidad puede revocar los acuerdos que previamente adopta a través, eso sí, de los métodos establecidos en la Ley de Propiedad Horizontal.