El pasado 16 de noviembre recibimos una consulta en el artículo ¿Los vecinos pueden acceder al patio de una comunidad de propietarios?:

En mi comunidad han decidido instalar ascensor. Asistí a la junta de propietarios y voté en contra. Somos 18 vecinos. De todos ellos, 6 están a favor, 4 en contra y 1 en abstención ¿Me puedo negar a la instalación del ascensor, ya que no puedo hacer frente a las derramas?
La derrama no asciende a más de 12 mensualidades.
Hay un vecino que tiene más de 70 años y otro que tiene una minusvalía.
Tenemos varios vecinos que no cumplen con sus derramas y en la reunión salieron dos más que no van a pagar ¿Qué puedo hacer?

Respuesta de Rafael del Olmo:

La instalación del ascensor, en cuanto haya personas mayores de 70 años como nos indicas, si la intervención no supera las doce mensualidades de gastos ordinarios, es obligatoria para la comunidad.
Ni siquiera será necesario someter las medidas a votación en el caso de no sobrepasar ese importe de esas doce cuotas.
El acuerdo es vinculante para todos los propietarios, aún para los que hayan votado en contra. Por tanto, no podrá eludir el pago de esas cuotas.
La reclamación de las cuotas pendientes de pago habrá que dejarlo en manos de la justicia.