El 8 de septiembre un lector realizó la siguiente consulta en el artículo ‘¿En qué consiste la escritura de división horizontal?’:

Es normal que en la escritura de propiedad horizontal venga reflejado que un local quede exento de cualquier pago comunitario.
El local es propiedad del promotor del edificio y que además hizo la escritura de propiedad horizontal.

Respuesta de Rafael del Olmo:

Sí, es completamente normal. El promotor con esta medida pretende que el valor del local se incremente con dicha exención.
Sólo hay tres vías para modificar esa situación a fin de que el local pague los gastos que le corresponda (en caso de que los haya):

a) El acuerdo bilateral comunidad-local para el pago de determinados gastos.
b) La modificación por unanimidad de la división horizontal (que no será posible sin el consentimiento del propietario del local).
c) La impugnación judicial del título.