En el artículo sobre “Todo sobre la instalación de una antena de telefonía en la comunidad” recibimos un comentario con una consulta que nuestro experto resolvió.

Se trata de la siguiente pregunta.

En un inmueble en régimen de división horizontal (la división es en dos viviendas, digamos que de forma vertical -cada vivienda es de dos plantas y terraza), uno de los dueños, en su terraza quiere instalar una antena de telefonía móvil¿Debe contar con la aprobación del otro vecino?

La respuesta de Rafael del Olmo:

Si una de las viviendas está “superpuesta” sobre la otra, la cubierta de la más elevada es un elemento común de las dos, para cuyo uso, tendrán que ponerse de acuerdo los dos titulares.

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