Asumir-deuda-entre-el-resto-de-vecinos

En el artículo Las bases del Régimen de Propiedad Horizontal nos han hecho varios comentarios. Uno de ellos era la siguiente pregunta.

Hola, esta dentro de la ley que cuando alguien del edificio no pague expensas.. Esa deuda la afronten los que si pagan? Gracias

La respuesta de Rafael del Olmo:

Lo normal es proceder judicialmente contra los propietarios morosos, a fin de recobrar la liquidez que genera ese impago.

Sin embargo, un acuerdo de junta podría permitir redistribuir la deuda entre todos los propietarios por, pongo por caso, la necesidad de afrontar una reparación urgente, o por cualquier otra causa que la asamblea estime.

Cuestión aparte es que la asamblea considere, y apruebe la devolución de lo repercutido a los propietarios sin problemas de pago, una vez recuperada la deuda. También podría no acordar nada en este sentido y mantener ese dinero rescatado en el fondo de la comunidad.