En este post, Rafael del Olmo, responde a una consulta planteada por una lectora en el artículo ¿En qué consiste la escritura de división horizontal?

La consulta es la siguiente:

Me compré un piso en septiembre y en la escritura no sale reflejado nada de la azotea. Han sido ya dos vecinos los que me han dicho que en su día el antiguo propietario, ya muerto, cedió media azotea mía para que su hijo se hiciese un “maravilloso gimnasio”,  el hijo vivía justo debajo de la azotea e hizo una escalera interior para no tener que salir a la azotea.
Ahora no vive nadie y tampoco puedo ponerme en contacto con él y me gustaría saber si al no salir reflejado en las escrituras puedo conseguir algo yendo al
Registro de la Propiedad a solicitar la escritura de división horizontal. La verdad es que es un buen trozo y si puedo me gustaría poder tenerlo.

La respuesta de Rafael del Olmo:

La escritura de división horizontal tiene que contener la determinación sobre si la zona es común o privativa. Todo apunta a que si en la escritura de compraventa no aparece la zona de azotea como privativa en la división horizontal ocurrirá lo mismo. Por lo tanto, la zona debe ser comunitaria y no cabe un uso privado de la misma.