A partir del próximo mes de enero las comunidades de propietarios tendrán que declarar a la Agencia Tributaria todos los pagos que realicen a terceros, como empresas de limpieza, mantenimiento de ascensores, fontanería, albañiles… siempre y cuando superen los 3.005,6€

Para ello deben rellenar el modelo 347 de declaración de operaciones con terceras personas, el cual tendrá que ser presentado en febrero de 2015.

Las Comunidades de Propietarios no están obligados a declarar:

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) aclara que las comunidades no están obligadas a declarar las compras de combustible y suministro de energía eléctrica o agua para uso comunitario. Tampoco los seguros que protejan zonas o elementos comunes. Ni el alquiler si han alquilado alguna vivienda, ya que está exento de IVA.