El CIF de la comunidad de propietarios
El CIF de una comunidad de propietarios constituye una de sus características más relevantes. De hecho, supone, sin duda, la más privativa. Sin embargo, son todavía muchos quienes aún no tienen claro qué implica. A continuación, un repaso acerca de un dato fundamental en toda comunidad de vecinos.
¿Cuál es la naturaleza del CIF?
El CIF representa un número mediante el que puede reconocerse a una persona jurídica. Estas siglas corresponden al concepto código de identificación fiscal.
Por consiguiente, es lo más parecido al DNI de una persona. Se trata del documento mediante el que una comunidad de vecinos puede ser identificada frente a otros actores. Todas cuentan con uno, aunque no siempre es conocido por parte de todos los vecinos.
¿Cómo se forma el CIF de la comunidad de vecinos?
Consiste en un código alfanumérico, el cual está encabezado por la letra asignada para las comunidades de propietarios (la H) y conformado también, a continuación, por seis números.
¿Quién conoce este código?
Aunque hay más formas de localizarlo, el administrador de fincas, por los trámites que ha de realizar, tiene conocimiento de este código.
¿Para qué sirve el CIF en una comunidad de vecinos?
Las comunidades de propietarios tienen que afrontar una serie de gastos corrientes todos los meses. Son unos desembolsos que sirven para mantener la prestación de los servicios comunes para el buen funcionamiento de la finca. Por ejemplo, cubren las reparaciones que requieran las averías del ascensor o la limpieza de las áreas compartidas del edificio.
La prestación en tiempo y forma de estos servicios tiene que ser gestionada, en virtud de los acuerdos alcanzados en la junta de propietarios, por el administrador de la finca. En consecuencia, es preciso que el representante legal de la finca, a estos efectos, pueda demostrar que, realmente, lo es.
Es la aportación de este código la que va a servir para poder pagar facturas en representación de la comunidad. De hecho, no solo va a ser relevante contar con el CIF para la gestión de estos servicios, sino también con el fin de solicitar subvenciones para la finca.
¿Qué hace falta para conseguir el CIF?
Obtenerlo pasa por presentar ante Hacienda los siguientes documentos:
- Copia del DNI del presidente y original y copia de su acta de nombramiento.
- Original y copia del título constitutivo de la propiedad horizontal.
- Copias de la fecha de constitución, del nombramiento del administrador y de la primera página (en este último caso, diligenciado por el registrador de la propiedad) del libro de actas.
- Impreso 036 de solicitud.
En definitiva, el CIF de la comunidad de propietarios es imprescindible para la cobertura de los servicios básicos de su día a día. Cabe confiar en el administrador, puesto que está capacitado para averiguarlo y utilizarlo con tino.