elementos privativos y comunitarios

Al adquirir un piso nuevo todos debemos acostumbrarnos al funcionamiento interno y la gestión de la comunidad. De todos modos, conocer conceptos básicos como qué son los elementos privativos y los elementos comunes nos ayudará a entender mucho mejor algunas decisiones y demandas formuladas por el resto de vecinos.

Diferencia entre elementos comunitarios y privativos

Aunque tendemos a pensar que todos los elementos comunitarios de un edificio tienen la misma consideración, la verdad es que a efectos administrativos es importante diferenciar los privativos y comunes, por las implicaciones que esto representa para nuestros derechos en la propiedad.

Los elementos privativos

Son todos aquellos que pertenecen de manera exclusiva a cada vivienda. La ley indica que cada propietario tenemos derecho exclusivo sobre un espacio delimitado e independiente, con todas las instalaciones y elementos arquitectónicos incluidos en él que sirvan de manera exclusiva al propietario.

Por lo tanto, como propietarios somos sus responsables en caso de que ocasionen algún daño.  Además, podemos decidir sobre ellos de manera unilateral siempre que las acciones que queramos llevar a cabo no representen un problema para la seguridad de la comunidad. En este caso, será necesario comunicarlo al presidente de la comunidad de vecinos.

Los elementos comunes

Son los usados de manera general por varias viviendas. La comunidad de propietarios responde sobre ellos, y sobre los daños que puedan causar.

El Código Civil los define como todos los elementos necesarios para que cada propietario pueda tener el uso y disfrute adecuado del inmueble en que vive.

La escritura de división horizontal atribuye estos elementos y el uso que puede hacer cada propietario de ellos, teniendo en cuenta las características propias de cada inmueble.

Ejemplos de elementos comunitarios

Patios, terrazas y escaleras son algunos de los elementos comunes más característicos, pero ni mucho menos los únicos. Los suministros energéticos y de agua también pueden tener esta consideración.

De todos modos, no podemos olvidar que cada edificio es único y, por lo tanto, es necesario respetar sus características a la hora de establecer una clasificación definitiva.

¿Cómo afectan al seguro de comunidad?

Si estamos haciendo esta diferenciación por motivos de coberturas del seguro de la comunidad, debemos atender a la definición que haga cada aseguradora en su condicionado general de cuáles son los elementos privativos y cuáles son los comunitarios.

Así, en muchas compañías (no en todas) consideran habitualmente las tuberías del agua que no van más allá de la llave de paso como comunes, mientras que los elementos situados dentro de la vivienda y el contador son privativos.

En cuanto a las instalaciones de alcantarillado, hay que tener en cuenta que la bajante y los enganches a cada acometida son comunes, mientras que la propia acometida es siempre privativa.

Una situación parecida se da con la instalación eléctrica, ya que todo el cableado a partir del contador es privativo.

Conclusión

Conocer los elementos privativos y comunes del edificio nos resultará indispensable para saber quién debe hacerse el responsable económico de cada tipo de reparación, teniendo en cuenta el lugar concreto en el que se haya producido el daño.