Formas de aseguramiento: valor total, parcial y primer riesgo
Un término que genera dudas a la hora de contratar una póliza de seguros de comunidades o de hogar es su forma de aseguramiento, es decir, cómo se establece el valor de la indemnización llegado el siniestro.
Intentaremos explicar en este post las diferencias entre ellas.
Valor Total:
Si usamos la terminología que aparecen el los condicionados generales de las pólizas, la definición con pequeños matices y diferencias entre compañías quedaría de la siguiente forma:
El aseguramiento a valor total es la modalidad por la que la suma asegurada o capital contratado en la póliza de seguro debe ser igual al valor de reposición del interés o bien asegurado. En esta forma de aseguramiento se puede aplicar la regla proporcional en caso de insuficiencia del capital.
¿Cuál es la ventaja de asegurar a valor total?
Valor total, es por tanto la forma de aseguramiento más recomendada ya que en caso de daños la compañía nos garantiza la reposición completa de los mismos.
Valor Parcial:
Es una forma de aseguramiento en la que el asegurado informa a la compañía del valor total de los bienes pero asegura solo un porcentaje de los mismos ya que entiende que la probabilidad que ocurra la perdida total de los objetos asegurados en caso de siniestro es muy baja.
Es una forma de aseguramiento que se suele aplicar a ciertas garantías de la póliza como puede ser el robo.
Pongamos un ejemplo:
Una ferretería contiene en su interior objetos por valor de 50.000 €. La probabilidad de que en caso de robo sustraigan toda la mercancía es muy baja por lo que el asegurado determina que solo quiere asegurar un porcentaje, digamos el 30%.
En este caso la compañía solo estará obligada a pagar un máximo de 15.000 €. Si a causa del robo el asegurado tiene pérdidas por importe de 10.000 €, la compañía abonará el total de la perdida. El riesgo de esta forma de aseguramiento es que si el daño supera el % asegurado, la compañía tendrá que aplicar una regla proporcional.
Primer Riesgo:
La forma de aseguramiento a primer riesgo es aquella a través de la que se asegura un importe determinado hasta el que queda garantizado el riego, pero (a diferencia del valor parcial) es independiente del valor total que realmente tengan los bienes que estamos asegurado. Por lo tanto, en este caso no se aplica la regla proporcional.
Ventajas de asegurar a primer riesgo
Esta valoración tiene la ventaja de conocer el valor de la indemnización en caso de siniestro y a diferencia del valor parcial no es aplicable nunca la regla proporcional, pero como en ese caso este tipo de valoración se suele aplicar a ciertas garantías como por ejemplo:
- daños estéticos,
- reconstrucción de jardines,
- daños por helada,
- desatascos,
- o búsqueda y localización de la avería entre otras.
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