En este artículo, damos respuesta a la consulta que un lector nos ha planteado en el post Filtraciones por agua en los seguros de comunidad de propietarios.

Tengo un trastero en el sótano de mi edificio y hace unos meses que tengo filtraciones de agua. El agua cae de forma constante. Los sótanos del edificio dan a una zona comunitaria exterior que es una zona de paso cubierta por un terrazo. No hay tuberías.

El presidente de la comunidad argumenta que no se puede reparar porque se tiene que tratar en junta de propietarios, que se realizará en seis meses.

¿Tiene que pasar por junta para que este tipo de reparación sea aprobada o se trata de un daño obligado a reparar de forma urgente?

Respuesta de Rafael del Olmo

La comunidad de propietarios tiene que reparar la causa del problema si es responsable de la misma sin necesidad de hacer junta de propietarios. Además, se trata de un daño obligado a reparar de forma urgente. En caso contrario, responderá de todos los daños que se le puedan causar.