Certificado de deudas pendiente en comunidad de propietarios
Cuando se vende o transmite por cualquier otro título un inmueble que sea parte de una propiedad horizontal es necesario un certificado de deudas con la comunidad de propietarios. Dicho certificado acredita que el vendedor:
- Está al corriente en el pago de las cuotas y derramas de la comunidad.
- No está al corriente y especifica las deudas existentes con la comunidad de propietarios.
Qué es el certificado de deuda pendiente en comunidad de propietarios
Es la certificación aportada por el transmitente de la vivienda o local sobre el estado de sus deudas con la comunidad. Sin este certificado no se puede otorgar el documento público, excepto que el adquiriente lo exonere expresamente de dicha obligación.
No es aconsejable que lo haga porque va a verse obligado a responder de parte de esa deuda. En concreto, al comprador le corresponde pagar:
- Las cantidades adeudadas durante el año en curso.
- Las cantidades que no se pagaron debiendo hacerlo durante los tres años anteriores.
¿Cómo saber si se tiene una deuda pendiente con la comunidad?
El certificado de estar al corriente del pago es el documento que indica la existencia de deudas con la comunidad y los conceptos de adeudo con la fecha en que debería haberse pagado y el importe.
Estas deudas se pueden comprobar a mayores en el libro de actas de la comunidad. Habría que consultar las actas de los últimos años para ver si se contemplan deudas del inmueble. También es aconsejable consultarlas para comprobar que se está al corriente del pago de las derramas que pudiera haber.
¿Cómo hacer un certificado de estar al corriente del pago de la comunidad?
Para hacer esta certificación se indican los siguientes conceptos:
- Piso y puerta correctos.
- Nombre y apellidos del propietario.
- Indicar si se está al corriente con los pagos o si se adeudan cuotas y/o derramas.
¿Cuánto cuesta?
La Ley de Propiedad Horizontal no dice nada sobre lo que cuesta. Pero se debe tener en cuenta si es expedido:
- Por el presidente que ostenta la condición de administrador y secretario. Debería ser gratuito, pues entraría en las obligaciones del cargo derivado de su condición de propietario.
- Por un profesional que no sea propietario. Tendría derecho a ser retribuido por un servicio que no es solicitado por la comunidad, pero, en todo caso, se debe contemplar el contrato de la comunidad de propietarios con dicho profesional a ver si dice algo al respecto. Puede que contemple que no se cobre por entrar entre las tareas objeto del contrato.
¿Cómo solicitarlo?
Este certificado se puede solicitar de dos formas:
- En persona ante el secretario de la comunidad.
- Por escrito. Se envía su solicitud a dicho secretario de la comunidad de propietarios.
¿Quién lo emite?
El certificado debe emitirse en siete días naturales desde su solicitud. Lo emite quien ejerce funciones de secretario, con el viso bueno del presidente de la comunidad. Ambos responderán:
- De la exactitud de los datos que contenga el documento.
- De los perjuicios causados por haberlo emitido con retraso. Se podrían tomar acciones legales contra ellos si así se considera oportuno. Por ejemplo, cuando ese retraso ha tenido efectos negativos en el proceso de venta del inmueble.
Importancia de este documento
Se ha visto que este certificado es un documento muy importante cuando se adquiere un inmueble, pues indica:
- El estado de deudas que tiene el inmueble con la comunidad.
- Determina quién es el responsable de las deudas. Según la Ley de Propiedad Horizontal, el comprador responde de las deudas del año presente y de las de los tres anteriores.
Por esto resulta de gran relevancia conocer si la vivienda que se adquiere tiene o no tiene deudas con la comunidad. Se evitan sorpresas indeseadas