Aunque es una de las garantías más sencillas dentro de cualquier póliza de seguro multirriesgo (de comunidad o de otros ramos), vamos a comentar esta cobertura en el post de hoy.

Cobertura muy utilizada

La garantía de roturas, en la póliza de comunidad es una de las coberturas más utilizadas junto con la de daños agua, como comentábamos en el post sobre los siniestros más habituales en las pólizas de comunidad.

Condición necesaria

Para poder hacer uso de esta garantía, una condición que se exige en las pólizas es que dicha rotura sea “accidental“.

Coberturas básicas:

¿Qué elementos están cubiertos a través de la garantía de roturas? veamos un listado de los elementos habituales según los condicionados generales de las pólizas de comunidad de la mayoría de comunidades.

  • Lunas, vidrieras, espejos y cristales fijados en puertas , ventanas o fijadas en paredes y techos.
  • Metracrilatos y materiales sustitutivos del cristal (en algunas pólizas).
  • Las claraboyas o tragaluces.
  • Aparatos sanitarios: lavabos, inodoros, fregaderos.
  • Cristales de placas solares.
  • Mármoles, granitos u otra piedra natural o artificial (excepto los situados en exterior de edificio),

En caso de asegurar contenido:

  • lunas,
  • vidrios,
  • espejos ,
  • mármoles,
  • granitos que formen parte del mobiliario comunitario.

Exclusiones habituales:

Aunque ya sabemos que en cada condicionado podemos encontrar pequeñas diferencias, veamos las exclusiones más comunes que nos podemos encontrar en la garantía de roturas de los seguros de comunidades. En el listado encontraremos tanto elementos, como causas que no tendrán cobertura.

  • Las lamparas y bombillas.
  • Los cristales ópticos, de aparatos de imagen y sonido…(TV, ordenadores, …),
  • Las raspaduras, arañazos, desconchadosm, …
  • Cristales y vidrieras artísticas y rótulos independientes.
  • La producidas por defecto de colocación.
  • La grifería que puedan verse afectados como consecuencia de la rotura o reposición de elemtos sanitarios, fregaderos, lavaderos, …

Normalmente todas las compañías disponen de garantía de asistencia con “envío de profesional” para la reposición.

Intervención del perito

En este tipo de siniestros, hay muchas el perito interviene en algunos casos, ya que la empresa de reparación suele realizar la función de verificación del siniestro a la vez que interviene en la reparación del mismo.

Tipos de coberturas

En esta garantía hay pólizas que dan cobertura a valor total y otras a primer riesgo. Aquí debemos consultar en las condiciones particulares si figura 100 % de la suma asegurada de continente o de contenido. También puede poner hasta 3.000 euros, o en muchos casos hasta un porcentaje determinado de las suma asegurada de continente o de contenido.

Este será el máximo por el que nos indemnizarán o repararán a través de la cobertura de roturas.

Importante conocer lo siguiente

En algunas compañías (no es muy habitual) los cristales de fachada son considerados como privados al entender que forma parte de la instancia privada de la vivienda (Reale, Caser, Helvetia… ) por lo que para que tengan cobertura se deberá contratar la garantía de rotura elementos privados.

Este tipo de dudas es conveniente consultarlas con tu correduría de seguros para evitar sorpresas.