Muchas personas tienen dudas acerca de si es posible llevar invitados en piscinas comunitarias. En este artículo se va a aclarar esta cuestión tan común y que genera controversia en numerosas comunidades de vecinos.

¿Pueden entrar invitados en piscinas comunitarias?

Las personas que viven en una urbanización o un edificio con piscina se han encontrado con una duda: si es posible invitar a amigos o familiares a disfrutar de una jornada en estas instalaciones. A priori y según la Ley de Propiedad Horizontal, no hay ninguna restricción al respecto. No obstante, estas personas no residentes en la finca deberán ceñirse, en todo momento, a las normas que existen en dicha instalación (sobre todo, a las relativas al baño y al uso).

Para quienes les han dicho que existe la restricción

Es posible que, en la comunidad de vecinos, se haya llegado al acuerdo de no permitir la entrada a la piscina de personas que no residan en el edificio. Se trata de una decisión que está permitida, por ley, pues que no exista una norma general no impide que no se pueda imponer a nivel particular.

La prohibición de entrada de personas ajenas a la finca a las zonas comunes, como la piscina, debe aparecer recogida en los estatutos de dicha comunidad de propietarios y debe ser respetada, aunque no se haya intervenido en su redacción ni votado.

Hay otras comunidades que deciden no restringir la entrada de manera total, pero sí tienen sus propias normas al respecto. Por ejemplo, algunas no permiten la entrada de más de un cierto número de invitados por propietario cada vez, utilizando métodos identificativos, como pulseras, con tal fin.

Normas de uso que deben señalarse

Además de la normativa relativa a los invitados en piscinas comunitarias, debe incluirse, en el reglamento interno de la comunidad de propietarios, la información y las obligaciones respecto al uso de las zonas comunes.

En este, se incluirán desde el número de invitados permitidos por cada propietario a otras cuestiones. Por ejemplo, si es necesario un gorro para bañarse en la piscina, si se permite hacer topless o se pueden introducir hinchables. También, la obligación de ducharse para acceder o si es posible reservar los equipamientos accesorios, como las hamacas.

Consultar dudas con el administrador o presidente de la comunidad

Al no haber una norma común al respecto, si hay dudas sobre el reglamento y si es posible el acceso de invitados en las piscinas comunitarias, lo mejor es que, antes de llevar a un invitado a disfrutar de ese equipamiento, se consulte con el presidente de la comunidad de vecinos o el administrador de la finca. Ellos son los que mejor pueden resolver las dudas respecto al uso de las zonas comunes.

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