El contenido en los seguros de comunidades
Qué es el contenido en la póliza de comunidad
Se le llama contenido al los elementos o bienes que pertenecen al edificio de la comunidad de propietarios y que están ubicados en las zonas comunes del mismo o en su recinto para que los puedan usar los miembros de la comunidad.
Este concepto, al igual que ocurre con el de continente, son el conjunto de bienes que están expuestos a los siniestros que pueden ser objeto de las coberturas que contrates en tu póliza, como por ejemplo incendio, robo, daños por agua, etc.
Ejemplos de lo que suele considerarse contenido
Muebles, espejos, lámparas, bienes de adorno o decoración, sillones, bancos, maceteros móviles, el ordenador o los armarios que hay en la conserjería,…
En algunos casos algunas compañías ponen un límite para el bien o lo limitan de cara a tener cobertura por supuestos como el robo en la comunidad.
Qué no se suele considerar contenido
Bienes cuyo valor unitario sea superior a una cantidad determinada (por ejemplo, en algunas compañías lo fijan en 3.000 €). El dinero en efectivo o cheques. Tampoco suele considerarse contenido los árboles, césped,…
Los elementos estructurales como son los muros, fachadas, tabiques, cubiertas, o instalaciones fijas (agua, gas,…) son considerados continente o edificio.
Diferentes nombres según aseguradora
Cada compañía puede darle un nombre diferente pero suelen llamar a este concepto “contenido” o en algunos casos “mobiliario“.
Todas las compañías lo definen igual
No todas las aseguradoras interpretan igual cuáles son los bienes que pertenecen a este concepto. Aunque lo explicado en los apartados anteriores suele ser común para la mayoría de las aseguradoras, si tienes una duda concreta en una aseguradora, lo puedes consultar con su condicionado general, donde verás la definición que hace del contenido o mobiliario.
¿Qué suma asegurada es la más adecuada?
Aquí hay que tener en cuenta un “detalle” que suele pasar desapercibido. Hay compañías que aseguran a primer riesgo y otras que aseguran a valor total.
Primer riesgo
Si tu aseguradora valora el contenido a primer riesgo puedes poner la cantidad que te parezca suficiente que te indemnicen o repongan en caso de un siniestro muy importante.
Valor total
Si tu compañía lo que hace es asegurar a valor total, debes fijar la cantidad que represente el valor de todos los elementos que componen tu mobiliario. Para ello, lógicamente debes conocer qué elementos de tu comunidad forman parte de este concepto.