El proceso monitorio es un procedimiento judicial muy utilizado por las comunidades de propietarios para reclamar las deudas de vecinos morosos.

Cómo presentan la demanda las comunidades de propietarios

Para poder presentar demanda es necesario que el propietario moroso tenga una deuda por impago de gastos comunes ordinarios o extraordinarios. Se puede reclamar el importe de cualquier cuantía.

Por tanto, si actúas en nombre de tu comunidad y quieres presentar la demanda de juicio monitorio, deberás hacer previamente lo siguiente.

Pasos para presentar demanda de juicio monitorio:

  • Tendrás que convocar una reunión de la Junta de Propietarios. De esa manera, se podrá:
    • aprobar la liquidación de la deuda
    • y la autorización para acudir a la vía judicial.
  • Deberás notificar al propietario afectado el acuerdo alcanzado.
  • Si tras la notificación pasaran más de tres días sin que pagara, ya podrías ir al juzgado. Para realizar esta petición inicial no es necesaria la intervención de un abogado o un procurador, aunque sí es recomendable.

No te preocupes si no sabes redactar la demanda. Existe un modelo normalizado que está a disposición de los ciudadanos en todos los juzgados. Su adquisición es gratuita e incluso te lo puedes descargar de la página web del Consejo General del Poder Judicial.

Una vez conseguido, tendrás que cumplimentarlo y presentarlo acompañado de los certificados acreditativos de la deuda. El juzgado se encargará de estudiar la documentación. Y si considera los hechos probados, la estimará.

A partir de entonces, le hará un requerimiento a tu vecino para que en el plazo de 20 días pague lo que debe o justifique su oposición.

Las costas y el plazo de prescripción de deudas

En el supuesto de que el propietario moroso abone la deuda dentro de los 20 días, tendrá que pagar también las costas de la comunidad. Y si deja pasar el plazo sin más, tendrá que asumir las costas de la ejecución. En ambos casos, tendrá que hacerse cargo de los honorarios del abogado o procurador (si finalmente decidís contratar a profesionales que os representen).

Pero si comparece ante el juzgado oponiéndose al proceso monitorio, puede darse el caso de que se libre de pagarlas. Eso dependerá del resultado del pleito ya que, si gana, quedará liberado de esta obligación. De ser así, podría ser la comunidad la que tuviera que pagarle sus costas.

Motivos de oposición del vecino deudor

Los motivos por los cuales el deudor se puede oponer no vienen recogidos en la ley. Pero se puede decir que son muy limitados. Por eso, tu demandado solo puede alegar razones de compensación o de haber realizado ya el pago. Aunque puede recurrir también a la prescripción de deudas o promesa de no pedir.

Prescripción de deudas

Por último, recuerda que el plazo para exigir los gastos comunes es de cinco años. Una vez transcurrido dicho plazo la deuda prescribirá y ya no se podrá acudir al proceso monitorio.