Cómo consultar los estatutos de una comunidad de vecinos
Cuando alguien adquiere un piso, generalmente se interesa por conocer cuáles son las normas de los estatutos de la comunidad de propietarios, ya sea para conocer cuáles son las normativas de la comunidad o resolver inquietudes sobre elementos comunes del edificio.
¿Cómo se pueden consultar los estatutos de la comunidad?
Los estatutos de una comunidad de vecinos son unos documentos que recogen una recopilación de derechos, prohibiciones y normativas de obligatorio cumplimiento para los propietarios. Se encargan de regular el uso de los elementos comunes a través de una serie de normas que no pueden contradecirse con la Ley de Propiedad Horizontal.
Pueden constituirse cuando se crea una comunidad o un tiempo después. No resulta obligatorio contar con ellos, por lo que hay que asegurarse de saber, en primer lugar, si estos existen en la comunidad en cuestión. De hecho, es muy usual que solo las comunidades que tienen más de dos décadas de antigüedad cuenten con este documento.
Si una comunidad de vecinos cuenta con estatutos, este documento debe ser entregado a cada propietario junto con las escrituras de compraventa de la vivienda o la escritura de propiedad horizontal. De esta manera, en los casos de adquisición de una nueva vivienda, no resulta necesario solicitarlos por otra vía.
Ahora bien, para aquellos propietarios que ya tienen tiempo en sus viviendas, pero no tienen en su poder dicho documento, el procedimiento correcto es dirigirse al presidente o al administrador para que se encargue de proporcionar, al propietario, una copia del documento en cuestión.
¿Qué ocurre si el presidente o el administrador no disponen del documento?
En el caso de que, ni el presidente ni el administrador puedan proporcionar una copia, el procedimiento es dirigirse al Registro de la Propiedad en el cual se encuentre inscrita la finca. En ese registro se encuentra una copia. Además, pueden aclarar a los propietarios la duda de si su comunidad cuenta o no con dicho documento.
Hay que aclarar que no es lo mismo el título constitutivo que los estatutos de la comunidad, puesto que, en ocasiones, se confunden. Ambos documentos hacen referencia a la finca, pero de manera diferente. El título constitutivo se refiere a la Escritura de División Horizontal, se describen las instalaciones de la finca y los pisos o locales que la conforman.
Sin embargo, no se hace ninguna referencia al uso de estos elementos ni a los derechos y obligaciones de los propietarios. Además, los estatutos pueden modificarse una vez creados. Una vez aprobados los cambios, hay que acudir al Registro de la Propiedad a inscribir el documento modificado, con lo cual habría que solicitarlo de nuevo.
Como se puede ver, la creación de los estatutos es una elección que depende de los vecinos y propietarios de la finca, los cuales pueden consultarlos o, incluso, modificarlos siguiendo los procedimientos correspondientes.
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