Garantía de “exceso de consumo de agua” en seguros de comunidades
¿Qué es el exceso de consumo de agua en los seguros de comunidades?
El exceso de consumo de agua será objeto de cobertura siempre que figure como contratada en las condiciones particulares de la póliza, ya que se trata de una garantía opcional.
Se garantiza el desembolso extraordinario causado por el exceso de consumo de agua producido por una rotura o escape de las conducciones de distribución de aguas comunitarias amparado por un siniestro cubierto por la póliza, siempre que se haya subsanado el origen del daño.
Se considerará exceso de consumo de agua cuando la factura supere en un 50% la más elevada de la última anualidad.
¿Cómo se calcula esta garantía?
Para el cálculo del exceso de consumo, se tomará la diferencia entre el importe de la factura del suministrador de agua correspondiente al período en que se sitúa la fecha de ocurrencia del siniestro y el promedio de consumo de la última anualidad con lecturas reales.
¿Cuáles son sus límites?
El sublímite de indemnización para la cobertura de exceso de consumo de agua es del 100% de la suma asegurada o de una cuantía específica que vendrá detallada en las condiciones particulares de la póliza.
Tendrá consideración de exceso en el consumo del agua el coste del rellenado de la piscina si ésta debe ser vaciada con motivo de la rotura de las canalizaciones generales de su desagüe o por rotura del vaso de la piscina que implique la pérdida continuada del agua.
¿Qué excluye?
El exceso de consumo de agua no gozará de cobertura cuando no existan daños en su origen.
Es necesario que tengan lugar unos daños y que se genere un siniestro para que la compañía aseguradora se haga cargo del sobrecoste.
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