Cuando las comunidades de propietarios precisan hacer obras o reformas en sus edificios deben contar con una autorización requerida por parte de la administración municipal competente. El objetivo es comprobar que dichas obras se adecuan a la normativa urbanística municipal.

Las licencias de obras y el procedimiento atenderán al tipo de edificio donde se vaya a actuar. Además, el proyecto debe ir redactado por un técnico cualificado, arquitecto o aparejador para poder obtener dicho permiso.

¿Cuándo se necesita licencia de obra?

Cuando una comunidad de vecinos va a realizar una reforma, construcción u otro tipo de actuación en el edificio de viviendas es necesario obtener dicha licencia, y en la mayoría de los casos debe conseguirse con antelación al inicio de estas.

Si solo se quiere pintar, alicatar o sustituir instalaciones de saneamiento, electricidad o calefacción, siempre y cuando no afecte a los elementos estructurales no se necesita solicitar dicho permiso a la institución municipal.

Trámites a deben realizar según tipos de licencias

Existen distintos tipos de licencias, así como procedimientos para dicha obtención aunque hay ciertos pasos que son comunes para todas las solicitudes:

  • Entregar la documentación según los requisitos.
  • Estudio de la solicitud por parte del departamento correspondiente.
  • Requerimientos en caso de no reunir los requisitos pertinentes.
  • Resolución favorable a la petición.

Procedimiento de licencia de obras para comunidades de propietarios

A la hora de tramitar la licencia de obras podemos encontrarnos con distintos procedimientos de carácter administrativo según el tipo de actuación que vayamos a realizar. Cada municipio tiene su propia normativa, no obstante, detallamos los trámites más comunes:

  • Actuación comunicada. Para trabajos de poca envergadura que no afecten a la estructura o un elemento que se encuentre catalogado como protegido.
  • Procedimiento ordinario común. Obras de gran envergadura que requieren de proyecto técnico como la rehabilitación de un edificio protegido.
  • Procedimiento ordinario abreviado. Cuando hay cambios en la estructura y se necesita un proyecto técnico. Son obras puntuales que no afectan a elementos protegidos u obras de restauración o acondicionamiento.

Tipos de licencia para la realización de obras en comunidades de propietarios

La normativa municipal establece dos tipos de licencia según su envergadura. Nos encontramos con dos tipos de licencia que, según la ordenanza municipal, se distinguen de la siguiente manera:

  • Obra menor: aquella que no conlleva ninguna dificultad técnica y requiere poca construcción y economía. Quedan fuera aquellas obras que suponen alteración del volumen, instalaciones o servicios de uso común en el número de viviendas y locales que afectan a las condiciones de habitabilidad o seguridad del edificio.
  • Obra mayor: se considera aquella que modifica los elementos comunes del edificio, su conjunto estructural, seguridad e instalaciones de saneamiento y ventilación.

Esperamos que, si eres presidente, vecino o administrador de fincas, con este pequeño resumen ahora tengas más claro qué tipo de licencias de obras necesitas solicitar según sea el caso.