El seguro de la comunidad, ¿cubre las grietas?
Hoy vamos a hablar sobre las grietas que surgen en los edificios de las comunidades de propietarios. El seguro de la comunidad se encarga de los siniestros que afectan tanto al contenido como al continente (que está formado por cimientos, paredes, estructura, techos… ) pero, ¿qué pasa con las grietas? ¿Cubre el seguro de la comunidad el arreglo de las grietas que afectan a estos elementos?
Siniestros en las comunidades de propietarios
Es muy habitual que hablemos de siniestros en las pólizas de seguros de comunidades. Concretamente hay algunos tipos de siniestros muy frecuentes como son los de daños por agua, roturas de cristales, robo, daños estéticos, responsabilidad civil, etc. Hoy vamos a tratar uno menos frecuente y que tiene ciertas peculiaridades: la aparición de grietas en el edificio.
La aparición de grietas en el edificio
Las grietas forman parte de la vida de un edificio tenga los años que tenga, y normalmente son la consecuencia del asentamiento de la estructura al añadirle el peso de los objetos dentro. Ante la aparición de una fisura en el edificio, es necesario determinar si es un agrietamiento que no causa daños al edificio o de una grieta que refleja problemas estructurales.
Diferencias entre fisuras y grietas
- Las fisuras son daños estéticos. Tienen apariencia de finos agrietamientos. Generalmente aparecen por un mal uso del yeso, el hormigón o la pintura, por cambios de temperatura, por humedad o por el propio asentamiento del edificio. Son fáciles de reparar y no suelen ir a más.
- Las grietas son daños estructurales. Su ancho es mayor. Se pueden generar por problemas en la estructura causados por diferentes motivos (vibraciones, mal cálculo de las cargas…). Son difíciles y caras de reparar, ya que primero hay que encontrar la causa de su aparición para poner fin al peligro, que normalmente afecta a la cimentación o al terreno. Una vez arreglado el origen será necesario arreglar las grietas en sí.
¿Está cubierta en los seguros de comunidades la reparación de grietas?
Lo primero es averiguar si hay más vecinos afectados por las grietas. En ese caso, se debe poner en conocimiento de la comunidad para tomar medidas.
El promotor del edificio debe hacerse cargo de ellas hasta los 10 años siguientes a la fecha del certificado de final de obra (tal como recoge la Ley de Ordenación de la Edificación) si son grietas estructurales.
Veremos casos en los que la comunidad de propietarios (y su póliza en algunos casos) se harán cargo de dichas grietas.
¿Se trata de una grieta en un elemento comunitario? Estamos tratando el caso de grietas en las zonas comunes de un edificio de una comunidad de propietarios. Si la grieta se ha producido en un tabique no comunitario de una vivienda particular, la comunidad no se hará cargo. Si por el contrario, la grieta se produce en una fachada, un muro de carga, etc, entonces sí que es responsabilidad de la comunidad asumir o reclamar la reparación, según el caso.
Como siempre ocurre en el mundo de los siniestros de los seguros de cualquier ramo, para saber si está cubierto debemos preguntarnos cuál ha sido la causa o el origen de dicho siniestro.
Supongamos que el origen de la grieta es una explosión, un incendio, un terremoto, el impacto de un vehículo, etc… En estos casos, el origen del siniestro está contemplado en los condicionados generales de las pólizas de seguros de comunidad de la mayoría de las aseguradoras, pero si no se puede relacionar el origen de dicha grieta con alguno de estos (o algún otro supuesto), la reparación de la grieta, correrá a cargo de la propia comunidad, en lugar de a cargo de la aseguradora. En las pólizas de algunas aseguradoras, se contempla la reparación de daños estructurales si han sido causados por obras realizadas en zonas colindantes.
Por otro lado, está la reparación de los daños causados por la grieta. Supongamos que a través de una grieta (cuyo origen no está en ninguno de los anteriores supuestos) se están provocando filtraciones de generan humedades o goteras en una vivienda particular. En este caso, la aseguradora pedirá como condición a la comunidad, que ésta se haga cargo de la reparación del origen de la grieta (y que lo demuestre) para, posteriormente, reparar o hacerse cargo del importe de la reparación de los daños causados.
En conclusión, la mayoría de condiciones generales en los seguros de comunidades no contemplan los problemas de grietas directamente. Por ello, la reparación de grietas en casa correrá normalmente a cargo de la comunidad de propietarios o “en determinados casos”, en los primeros años, a cargo del promotor.