Entrevista a Javier Rojo, arquitecto y socio en RT arquitectura
Javier Rojo, arquitecto y socio en RT arquitectura, nos concede una entrevista para explicarnos los servicios que ofrece su empresa como proveedora de comunidades de propietarios.
En RT arquitectura somos arquitectos especializados en patología edificatoria, inspecciones técnicas ITE/IEE y rehabilitación de edificios, independientes de cualquier empresa constructora.
¿Cuándo empezasteis a trabajar con comunidades de propietarios?
Desde el principio de nuestra andadura profesional, en el año 2008. De hecho, nuestros primeros trabajos fueron informes e inspecciones técnicas ITE para comunidades de propietarios y administradores de fincas.
¿Qué servicios ofrecéis a las comunidades?
Realizamos entre otros trabajos inspecciones de edificios ITE, informes de evaluación IEE, informes técnicos, certificados de idoneidad, de eficiencia energética, etcétera.
Ofrecemos un servicio profesional y cercano a nuestros clientes. Nuestra finalidad es ayudar a propietarios, comunidades y administradores de fincas en todas las cuestiones relacionadas con la arquitectura.
Por otra parte, como estudio de arquitectura especializado en rehabilitación, elaboramos sobre todo proyectos técnicos de conservación y aislamiento térmico SATE. Últimamente, también estamos llevando a cabo un buen número de cambios de uso de local a vivienda.
¿Consideráis que existe mucha competencia en el sector?
Sí, efectivamente existe mucha competencia en el sector con una guerra de precios en la que nunca hemos querido entrar. Cualquier trabajo técnico requiere calidad, la calidad requiere tiempo y el tiempo es incompatible con la tendencia low-cost.
¿Qué edificios deben pasar la ITE?
En función del municipio, los edificios deben pasar la ITE por primera vez a los 20, a los 30 o a los 40 años de antigüedad. En Madrid, por ejemplo, debe pasar la ITE todo edificio con más de 30 años de antigüedad.
¿Qué ocurre si no se realiza a tiempo?
En Madrid, existe un régimen sancionador con multas coercitivas de 1000, 2000 y 3000 euros, que otorgan un plazo adicional de 2 meses para presentar la ITE.
¿Qué pasos debe seguir una comunidad de propietarios para hacer la ITE?
En primer lugar, una comunidad de propietarios debe enterarse de la obligación de hacer la ITE. Por ejemplo, en Madrid, el Ayuntamiento lo notifica, pero lo ideal es que el administrador de fincas o el presidente de la comunidad consulte la fecha en la que que el edificio debe realizar la inspección.
A partir de aquí, lo mejor es contactar con un despacho especializado donde un arquitecto con experiencia e independiente de cualquier empresa constructora revise el edificio y se ocupe de toda la gestión.
¿Qué pasaría si una propiedad no tiene libro del edificio?
Muchos propietarios y comunidades no disponen del libro del edificio, ya que empezó a ser obligatorio para los edificios construidos a partir del año 2007. De cara a la inspección técnica ITE no tiene relevancia y de cara al informe de evaluación IEE simplemente puede facilitar la labor del técnico que redacta el informe.
¿De qué edificios debe presentarse el IEE?
A diferencia de la ITE, por el momento el informe IEE, deben realizarlo los edificios de tipología residencial colectiva que tengan más de 50 años de antigüedad.
¿Qué documentación del IEE debe presentarse?
El informe de evaluación del edificio es un documento tipificado que se compone de tres apartados:
- Conservación (equivalente a la inspección técnica ITE).
- Accesibilidad.
- Eficiencia energética (certificado del edificio completo).
¿Cuál es el calendario de presentación del IEE?
En Madrid, el calendario para la presentación del IEE se regula en el Decreto 103/2016. Se puede consultar a través de nuestro blog.
¿Es necesario aportar el IEE en viviendas unifamiliares?
No, el nuevo informe IEE sólo debe realizarse en edificios de tipología residencial colectiva. En Madrid las viviendas unifamiliares deben seguir realizando la ITE como hasta ahora.
¿Todos los locales pueden cambiar su uso a vivienda? ¿Qué requisitos deben cumplirse?
Es la creencia más extendida entre nuestros clientes pero la verdad es que no. Cuando se cambia un local a uso residencial vivienda, dicha vivienda debe cumplir la normativa actual y no todos los locales pueden cumplirla.
Los requisitos son muchos. Existen condiciones que afectan a la fachada, al espacio interior, a la altura libre, a la ventilación, a la iluminación natural… En nuestro blog disponemos de un listado con la mayoría de requisitos.
El asesoramiento técnico para la compra vivienda es un servicio que ofrecemos desde hace casi dos años y cuya demanda nos ha sorprendido.
¿Por qué recomendáis disponer de un servicio de asesoramiento técnico a la hora de comprar una vivienda?
Lo recomendamos por una sencilla razón: la compra de una vivienda, tanto como primera residencia como por inversión, supone un importante desembolso y es básico conocer el estado real de la misma. En ese sentido, un arquitecto puede detectar problemas actuales o futuros que impliquen una derrama, orientar sobre las posibilidades de reforma, etcétera.
¿Qué consejos darías a una comunidad de propietarios que tiene que contratar una empresa de este tipo a la hora de seleccionarla? ¿Qué aspectos deben tener en cuenta?
Nosotros, desde que comenzamos nuestra andadura profesional, siempre hemos defendido que uno de los factores más importantes a la hora de contratar a un técnico es la independencia, que no forme parte de una empresa constructora. Es la única forma de asegurarnos que el técnico defenderá nuestros intereses y no los de la empresa de obras.
Por otra parte, la experiencia en rehabilitación es fundamental a la hora de inspeccionar un edificio y proponer las mejores soluciones o aquellas con una mejor relación entre calidad y precio.
Javier Rojo
Arquitecto y socio en RT arquitectura
Teléfono: 650 14 06 41
http://www.rtarquitectura.com/