Si vives en un piso o una urbanización, sabrás que la ley de Propiedad Horizontal es el núcleo fundamental de las normativas de las comunidades de propietarios

Legislación vigente en las comunidades

La legislación vigente es la 49/1960, de 21 de julio, aunque ha experimentado varias modificaciones para adaptarse y actualizarse, conforme a la realidad y necesidades de cada periodo.

El texto original es de hace casi 60 años y, aunque ha incorporado bastantes mejoras, la última fue en el año 2013, como consecuencia de la Ley de Rehabilitación. No obstante, el Consejo General de Administradores de Fincas lleva años trabajando en las bases que definan una nueva redacción de esta ley.

La ley de Propiedad Horizontal establece los órganos de gobierno de la comunidad de vecinos y sus funciones. En ella puedes consultar cuál es la labor que desempeña un administrador de fincas, los derechos y deberes de los propietarios o el número de vecinos necesario para llegar a un acuerdo en una junta.

Asimismo, Cataluña tiene una regulación específica diferente a la del resto del país.

Otras normas y disposiciones en las Comunidades de Vecinos

Hay otras normas y disposiciones que debes consultar para estar al tanto de la normativa que afecta a las comunidades. Te indicamos algunas:

Rehabilitación de edificios

Medidas para impulsar la rehabilitación del Real Decreto Ley 8/2011 en el que se dictan las medidas para fomentar actuaciones de rehabilitación y establecer la obligación de realizar la Inspección Técnica de Edificaciones en los edificios de más de 50 años de antigüedad.

Eficiencia Energética de los Edificios

Hay una normativa actualizada sobre Eficiencia Energética de los Edificios, incluyendo el Real Decreto 235/2013 relativo a la Certificación Energética de los Edificios, sean o no de nueva construcción.

Animales domésticos

Hay una normativa y legislación al respecto, con información sobre la convivencia vecinal si existen mascotas. Entre otras cosas, regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Los ruidos molestos

El ruido no deja de ser una molestia muy generalizada en las comunidades de propietarios y una continua fuente de problemas. Hay una página completa de legislación sobre este tema, que ha publicado la Asociación de Juristas contra el Ruido.

Asimismo, existe un destacado número de abogados especialistas en problemas derivados de los sonidos molestos, tanto internos como externos al recinto comunitario.

Ley antitabaco

​La ley 42/2010 de medidas sanitarias frente al tabaquismo y que regula la venta, suministro y consumo del tabaco también afecta a las comunidades de propietarios. En este caso, hace mención a espacios de uso público, como lugares asequibles al público en general o de uso colectivo, independientemente de su titularidad pública o privada.

Accesibilidad

Como comentábamos hace unos días en el artículo sobre accesibilidad en las comunidades de propietarios, tendremos que remitirnos a normas como la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas para cuestiones como las mayorías necesarias para la aprobación de reformas que mejoren el acceso a los edificios de personas con movilidad reducida.

Este tipo de normativa será de aplicación a soluciones como ascensores, plataformas de elevación vertical, salvaescaleras, rampas,…

Normativas para carga de vehículos eléctricos

Los avances en otros ámbitos sociales también afectan a las comunidades de propietarios. En este sentido, la evolución que están teniendo los vehículos eléctricos dentro del ámbito de la automoción, llegando cada vez más al uso de estos vehículos ecológicos por parte de particulares, hace que dichos usuarios tengan que cargar los coches en los garajes particulares o comunitarios.

Para dar solución a esta necesidad, habrá que atender a normas como el Real Decreto 1053/2014 que regula las infraestructuras para la recarga de vehículos eléctricos o el Código Técnico de Edificación en el que se indica que la necesidad de que las nuevas construcciones dispongan de sistemas de carga de vehículos eléctricos.

La obligatoriedad contratar un seguro

En cuanto a si es o no obligatorio contratar una póliza de seguro por parte de una comunidad, tendremos que remitirnos a las legislaciones de cada comunidad autónoma. En algunas de ellas se exige que el edificio esté asegurado por los riesgos de incendios y daños a terceros.

La legislación y las normativas que debes respetar y aplicar en las comunidades de propietarios está sujeta a varios factores y sobre todo expuesta a las necesidades reales de cada caso.