Muchas de las labores de conservación de un edificio son propias del mantenimiento, pero en una gran mayoría entra en juego alguna garantía de una póliza de seguro de comunidades o de hogar.

Cada año se producen en España 1,2 millones de siniestros en comunidades de propietarios. Por lo que la relación del administrador de fincas y el seguro es directa y continua. Y no sólo a la hora de sondear el mercado en busca de una buena solución aseguradora, su relación más estrecha tiene que ver con el seguimiento de los siniestros para poder cumplir con la labor encomendada en el artículo 20 de la LPH.

La gestión de los seguros forma parte del trabajo de un administrador de fincas. Se trata de una pieza fundamental dentro de la administración de una comunidad. Y, a menudo, podemos encontrarnos con dudas en torno a esta temática. Recopilamos en este artículo algunas de las más habituales:

Por ejemplo, si una comunidad no tiene seguro de comunidad, ¿la pueden obligar a pagar indemnizaciones por daños a terceros? En este caso, la respuesta sería afirmativa, si se demostrara que se trata de una responsabilidad directa de la comunidad. Se podría llevar a cabo una derrama y todos los propietarios deberían abonar el importe correspondiente para atender los daños causados a terceros. Por ello, es muy importante cerciorarse que la comunidad tiene en vigor un seguro. Causas habituales de responsabilidad podrían ser desprendimiento de cornisas o accidentes personales dentro de las zonas comunes.

Con el paso del tiempo, algunas compañías comenzaron a incluir la cobertura por los daños sufridos por los atascos, excluyendo los gastos necesarios para el desatasco de las conducciones.

Esta tendencia ha ido cambiando hasta llegar actualmente a la inclusión en casi la totalidad de las pólizas de la garantía por gastos de desatasco con y sin daños. Es importante fijarse en la letra pequeña y saber qué límite económico o de intervenciones tiene esta cobertura dependiendo de la compañía.

La garantía de goteras y filtraciones cubre los daños materiales en los bienes asegurados como consecuencia directa de filtraciones de agua a través de tejados, azoteas, terrazas y paredes exteriores del edificio asegurado o de sus colindantes, por lluvia, pedrisco o nieve, independientemente de su intensidad, excluyéndose en todo caso la reparación de la causa. Las compañías suelen obligar a reparar y justificar la reparación causante del daño antes de indemnizar las consecuencias del mismo.

Por otro lado, cada vez con más frecuencia tienen lugar robos en trasteros. En estos casos, no se tiene claro a qué seguro debemos dirigirnos. En caso de tratarse de objetos personales habrá que dirigirse al seguro de hogar. Pero, para reclamar la reparación de los daños causados, tanto en la puerta como en las zonas comunes del trastero, habrá que dirigirse al seguro de comunidad.

Otros aspectos que generan dudas son los relacionados con qué ocurre si un coche aparece dañado en un garaje comunitario o alguna de sus partes han sido sustraídas.

Hay que tener en cuenta que los coches de los vecinos no se consideran contenido y si sustraen una parte fija del vehículo tampoco contarían con cobertura. Sin embargo, existen pólizas de multirriesgo de comunidades que cuentan con la garantía opcional de vehículos en garaje. Con esta cobertura algunas compañías cubren los daños directos a vehículos depositados en el interior de un garaje comunitario a consecuencia de incendio, rayo o explosión, robo o daños por robo.

¿Y el portero electrónico queda cubierto en el seguro de comunidad? La mayoría de las compañías incluyen los porteros electrónicos en las definiciones de continente como bienes incorporados de forma fija al edificio.

También es típico en los propietarios de una comunidad realizar llamadas al administrador de fincas comentando la aparición de pintadas en la fachada de su comunidad. Este tipo de hecho es considerado un acto vandálico y supone un coste elevado para los propietarios del inmueble, ya que se trata de una cobertura opcional dentro de una póliza de comunidad. También es fundamental seguir algunos pasos cuando tengan lugar este tipo de acontecimientos como interponer siempre una denuncia ante las autoridades y saber que, si el acto vandálico ha sido cometido por un vecino de la comunidad, que no tendrá cobertura.

Otra garantía muy interesante es el control de plagas. Consiste en poner a disposición de los asegurados una red de profesionales que ofrece un control de las plagas que tengan su origen en el edificio asegurado. Actualmente en la mayoría de compañías aseguradoras esta garantía queda incluida en las coberturas básicas del condicionado general.

También es importante contratar la garantía de daños estéticos, ya que en caso de siniestro esta garantía cubrirá los gastos de reparación o reposición necesarios para restaurar la estética de los elementos dañados en el inmueble. Se trata de una cobertura opcional. Para entender mejor esta garantía, en algunos sitios la definen como daños colaterales a un siniestro, es decir, como los daños indirectos no causados por el propio siniestro para que puedan ser reparados y queden como eran originalmente.

Por ejemplo, si a consecuencia de un siniestro se hace una cala en mitad de un pasillo al arreglar y pintar la zona dañada, el resto del pasillo necesitará ser pintado para quedar igual que la recién reparada.

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