Veracidad en la Declaración del Riesgo
Desde Brokalia insistimos siempre en la importancia de la correcta declaración de las características de un edificio (m2, años de construcción, renovación de bajantes, ITE…) y en los riesgos que se incurren en caso de inexactitud. Exponemos en 3 puntos dichas consecuencias.
1.1. Veracidad de la información
Tanto la valoración del riesgo como la determinación de la prima del seguro se fundamenta en la información que el asegurado facilita a la entidad aseguradora, bien mediante el oportuno cuestionario u otro documento o de forma verbal. para realizar el proyecto y/o la solicitud, por lo que la misma debe ser veraz.
Su inexactitud o insuficiencia puede dar lugar a la pérdida del derecho a la prestación o la indemnización puede reducirse proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se hubiera aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo por aplicación de la Regla de Equidad o la Regla proporcional, tal y como se recoge en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (artículos 10 y 30).
1.2. Definiciones de la Regla de equidad, Infraseguro y Regla Proporcional
Regla de equidad por infravaloración del riesgo:
En caso de siniestro se indemnizan los daños aplicando la proporcionalidad antes indicada como consecuencia de haberse aplicado una tasa de prima inferior debido a una declaración conteniendo alguna inexactitud en la declaración del riesgo que sea imputable al tomador o asegurado.
Infraseguro:
Es cuando el valor que el asegurado da al objeto garantizado en la póliza es inferior al que realmente tiene. En esta situación, si se produce un siniestro la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.
Regla Proporcional:
Se entiende como tal que si hay un siniestro se indemnizan los daños aplicando la proporcionalidad antes indicada cuando exista infraseguro.
1.3 Responsabilidad del presidente de la comunidad
La responsabilidad del presidente de la comunidad viene siendo considerada una responsabilidad contractual del artículo 1.101 del Código Civil: “Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia lo morosidad, y lo que de cualquier modo contravinieran al tenor de aquellas“.
Como conclusión nos gusta recalcar que realizar una declaración inexacta del riesgo con el fin de obtener una prima más económica puede eximir a la compañía la obligación de la atención de un siniestro y exigirle responsabilidades al agente de seguros, corredor, presidente o administrador de fincas.
Una de las labores de Brokalia consiste en asesorar adecuadamente a administradores de fincas y vecinos para que queden eximidos de dicha responsabilidad.