En Brokalia te ponemos al día de las últimas garantías para seguros de comunidades en las diferentes compañías aseguradoras.

En este artículo te mostramos todas las coberturas de Mutua de Propietarios.

Riesgos básicos cubiertos por el seguro

Incendio y afines

Quedan cubiertos los daños producidos a los bienes asegurados como consecuencia de:

  • Incendio: Debido a la acción directa del fuego, así como los daños producidos como consecuencia del fuego.
  • Explosión: Debido a su acción directa aunque no vaya acompañada de fuego.
  • Caída del rayo: Producida sobre los bienes asegurados, independientemente de que dé lugar a un incendio o no.
  • Efectos secundarios: Daños en los bienes asegurados como consecuencia de humo, vapores, polvo, carbonilla y otras sustancias similares.
  • Quedan garantizadas las medidas de autoridad para limitar el siniestro.
  • Quedan cubiertas las medidas de salvamento que ocasione el asegurado con el fin de salvarlos del siniestro.

El límite máximo de indemnización es del 100% para continente y contenido y con un sublímite del 10% de la suma asegurada para continente.

Extensivos

Quedan cubiertos los daños a los bienes asegurados como consecuencia de:

  • Impacto
    Límite máximo de indemnización del 100% de la suma asegurada de continente y contenido.
  • Inundación
    Límite máximo de indemnización del 100% de la suma asegurada de continente y contenido, con un sublímite del 5% de la suma asegurada para continente y contenido.
  • Humo
    Límite máximo de indemnización del 100% de la suma asegurada de continente y contenido.
  • Ondas sónicas
    Límite máximo de indemnización del 100% de la suma asegurada de continente y contenido.
  • Derrame o escape accidental de instalaciones automáticas de extinción incendios
    Límite máximo de indemnización, a primer riesgo, es del 100% de la suma asegurada.
  • Derrame de líquidos, distintos del agua, originados por rotura o desbordamiento accidental de depósitos que formen parte del edificio asegurado.
    Límite máximo de indemnización, a primer riesgo, es del 100% de la suma asegurada.
  • Actos de vandalismo
    Límite máximo de indemnización del 100% de la suma asegurada de continente y contenido.

Gastos

Límite máximo de indemnización del 10% de la Suma Asegurada para Continente.

Para la cobertura de reposición de documentos el límite máximo de indemnización es de 1.200 euros a primer riesgo.

Servicios Técnicos Premium del edificio

Análisis técnico del edificio

Mediante la realización del Análisis Técnico del Edificio (ATE) se ejecuta un análisis de las características reales del edificio y de su estado de conservación en el momento de realización del servicio.

Análisis básico de la facturación eléctrica

El asegurado cuenta con un servicio gratuito que consiste en analizar la tarifa y la facturación eléctrica del suministro eléctrico de las zonas comunes del edificio.

Tarifa eléctrica MdP

El asegurado cuenta con un servicio que consiste en la tramitación y contratación entre el asegurado y la empresa comercializadora eléctrica.

Asesoramiento telefónico

Todos los días laborables de 9:00 a 14:00 horas. Teléfono: 902 999 958.

Tramitación y gestión de subvenciones para obras de rehabilitación y mejora

Servicio que consiste en la tramitación y gestión de la solicitud de subvenciones y ayudas incluidas dentro del programa de fomento de la rehabilitación edificatoria del ministerio de Fomento o cualquier otro que lo suceda.

ITE (Inspección técnica de la edificación)

Se establece un control periódico de los edificios para verificar el deber que tienen los propietarios de conservar y rehabilitar sus inmuebles.

  • Certificado de eficiencia energética del edificio
    Análisis del estado y características del edificio.
  • Dossier de la vida del edificio
    Consiste en analizar el estado de conservación del edificio.
  • Informe de evaluación del edificio
    Elaboración del IEE para los edificios de determinada antigüedad.

Servicios adicionales complementarios

Cédula de habitabilidad y análisis de accesibilidad

Consiste en un servicio que analiza la habitabilidad de las viviendas del edificio asegurado.

Los datos que constan en la cédula de habitabilidad son:

  • Dirección y ubicación de la vivienda
  • Superficie útil de la vivienda y de las habitaciones
  • Las estancias y los espacios que componen la vivienda
  • La ocupación máxima
  • La identificación y titulación de la persona técnica que realiza el certificado de habitabilidad.
Servicios de ingeniería y de arquitectura complementarios

Se ponen una serie de servicios a disposición del asegurado como:

  • Elaboración de proyectos de mejora y/o rehabilitación y redacción de notas técnicas
  • Dossier del edificio
  • Dirección de obras, seguridad y salud y supervisión del control de calidad
  • Gestión y supervisión de procesos de licitación de obras de mejora y/o rehabilitación favoreciendo importantes ahorros sobre las valoraciones originales de proyecto.
  • Supervisión de contratistas e industriales para garantizar la calidad, el coste y el plazo de las actuaciones.

Riesgos de cobertura opcional

Las siguientes garantías serán objeto de cobertura siempre que figuren como contratadas en las condiciones particulares de la póliza.

Hundimiento accidental del terreno por obras públicas ajenas al inmueble asegurado

Quedan cubiertos los daños materiales que sufran los bienes asegurados como consecuencia de movimientos de tierra, siempre que provoquen daños sobre elementos que comprometan la resistencia y estabilidad del edificio.

Los daños materiales directos que sufran los bienes asegurados como consecuencia de asentamientos o movimientos de tierra (hundimientos, corrimientos o desprendimientos) que tengan su causa en obras públicas de construcción o de reforma de construcciones, realizadas por terceros en el suelo o en el subsuelo, distintas de las realizadas en el edificio asegurado, siempre que provoquen daños sobre elementos estructurales que comprometan la estabilidad del edificio.

Límite máximo de indemnización del 100% de la suma asegurada de continente.

Fenómenos atmosféricos

Quedan cubiertos los daños materiales producidos a los bienes asegurados como consecuencia de:

Lluvia, viento, pedrisco o nieve

  • Lluvia: La precipitación debe registrar una intensidad superior a los 40 litros por metro cuadrado y hora.
  • Viento: El viento debe registrar una velocidad superior a 96/90/85 kilómetros por hora.
  • Pedrisco o nieve: Independientemente de su intensidad.

Un siniestro está garantizado siempre que hayan sido dañados otros edificios, árboles u objetos situados en un radio de 5 kilómetros del inmueble asegurado.

Límite máximo de indemnización para esta garantía el 100% de la suma asegurada de continente y contenido.

Filtraciones de aguas pluviales no canalizadas

El pago de la indemnización dependerá de:

  • Si se ha subsanado la causa que provocó el siniestro y se presenta la factura de la reparación.
  • Si anteriormente no ha ocurrido otro siniestro similar en la misma zona.

El límite máximo de indemnización es el 100% de la suma asegurada.

Heladas

El límite máximo de indemnización es el 100% de la suma asegurada, a primer riesgo.

Responsabilidad civil

Quedan cubiertos los daños corporales, materiales y los perjuicios causados de manera involuntaria a terceros por acciones derivadas de la propiedad de los bienes que son objeto del seguro.

Responsabilidad civil inmobiliaria

  • Los elementos e instalaciones comunes del inmueble.
  • Acciones negligentes realizadas dentro del edificio por el personal asalariado del mismo en el desempeño de sus funciones.
  • La realización de obras menores.
  • Actos de industriales legalmente autorizados que se encuentren realizando trabajos de reparación, mantenimiento, conservación o reformas, que no tengan la consideración de obras mayores.

Responsabilidad civil patronal

La responsabilidad civil por los daños físicos sufridos por sus empleados en el desempeño de sus funciones al servicio de la comunidad, cuyas lesiones hayan sido originadas como consecuencia de un accidente laboral reconocido.

Responsabilidad civil de la junta rectora de la comunidad

La responsabilidad civil a los miembros de la junta de la comunidad asegurada por los daños y perjuicios que causen a la propia comunidad de manera errónea mientras desempeñan el ejercicio de su actividad.

Defensa

Quedan garantizados los gastos de defensa por reclamaciones de terceros como consecuencia de siniestros de responsabilidad civil cubiertos en póliza.

Fianzas

Se garantizan las fianzas reclamadas al asegurado como resultado de la responsabilidad civil cubierta en póliza.

El límite máximo fijado por siniestro y año es el 100%

Responsabilidad civil por actos del arrendatario

Se garantiza la responsabilidad civil de los arrendatarios del edificio asegurado como consecuencia del uso del inmueble.

Límite de indemnización:

Se establece un límite máximo del 100% por siniestro con un límite agregado anual de 300.000 euros.

Responsabilidad civil y daños propios causados por aguas comunitarias

Responsabilidad civil

  • Responsabilidad civil por rotura, desbordamiento y atasco de conducciones comunitarias
  • Responsabilidad civil por omisión del cierre de grifos y llaves de paso comunitarios
  • Defensa: Quedan garantizados los gastos de defensa por reclamaciones de terceros como consecuencia de siniestros garantizados por las coberturas de responsabilidad civil de aguas comunitarias.
  • Fianzas: Se garantizan fianzas que se requieran al asegurado como resultado de la responsabilidad civil cubierta en póliza.

Sublímite de indemnización: 100% del capital asegurado de responsabilidad civil.

Gastos

Localización de la avería

Quedan garantizados los gastos de localización de la avería siempre que el daño haya sido provocado por:

  • Responsabilidad civil por rotura, desbordamiento y atasco de conducciones comunitarias.
  • Rotura, desbordamiento y atasco de conducciones no subterráneas.
  • Rotura, desbordamiento y atasco de conducciones subterráneas.

Sublímite de indemnización para la localización de la avería de conducciones no subterráneas: Hasta el 100%.

Sublímite de indemnización: Hasta el 100%.

Reparación de la avería

Quedan garantizados los gastos de reparación o sustitución de piezas que hayan originado daños por las siguientes garantías:

  • Responsabilidad civil por rotura, desbordamiento y atasco de conducciones comunitarias.
  • Rotura, desbordamiento y atasco de conducciones no subterráneas.
  • Rotura, desbordamiento y atasco de conducciones subterráneas.

Sublímite de indemnización: Hasta el 100%.

Reparación de conducciones vistas sin daños

Garantiza los gastos de reparación o sustitución de las conducciones comunitarias vistas que hayan sufrido rotura, aunque la rotura no haya provocado daños materiales.

Sublímite de indemnización: Hasta el 100% sin franquicia.

Exceso de agua

Se garantiza el desembolso extraordinario causado por el exceso de consumo de agua producido por una rotura o escape de las conducciones.

Sublímite de indemnización: Hasta el 100%.

Localización y desatasco de conducciones con daños

Quedan garantizados los gastos por el desembozo de tuberías comunitarias como consecuencia de obturaciones accidentales y de la red horizontal de saneamiento siempre que produzcan daños que sean indemnizables por el seguro del inmueble.

Límite de indemnización: Un máximo de 500 euros por desatasco al año. Sin franquicia.

Localización y desatasco de conducciones sin daños

Quedan garantizados los gastos ocasionados por el desembozo de tuberías comunitarias como consecuencia de obturaciones accidentales que no hayan causado daños.

Límite de indemnización: Hasta un máximo de 500 euros por desatasco al año. Sin franquicia.

Daños por agua procedentes de edificios colindantes

Sublímite de indemnización: Hasta el 100%.

Responsabilidad civil y daños propios causados por aguas de la vivienda de portería

Responsabilidad civil

Responsabilidad civil por rotura, desbordamiento y atasco de conducciones de la vivienda de portería

Se garantiza la responsabilidad civil en cuanto a los daños ocasionados a terceros causados por agua que procedan de rotura, atasco o desbordamiento de las conducciones de la vivienda de portería del inmueble.

Responsabilidad civil por omisión de cierre de grifos y llaves de paso de la vivienda de portería

El pago de indemnizaciones queda garantizado a consecuencia de reclamaciones llevadas a cabo contra el asegurado por daños ocasionados a terceros por responsabilidad civil por rotura de flexos, grifos o llaves de paso.

Defensa

Se garantizan los gastos de defensa por reclamaciones de terceros con motivo de siniestros cubiertos en póliza.

Fianzas

Constitución de fianzas por la responsabilidad civil cubierta en póliza.

Daños propios

Daños causados por el agua a la vivienda de portería y a las zonas comunes, procedente de la rotura de las conducciones del edificio.

Gastos

Localización de la avería

Quedan garantizados los gastos de localización de la avería siempre que los daños sean indemnizables por la garantía de responsabilidad civil.

Reparación de la avería

Se garantizan los gastos de reparación de las piezas que hayan originado daños que sean indemnizables por la cobertura de responsabilidad civil.

Límite máximo de indemnización es del 100% con los siguientes sublímites:

  • Gastos de localización: Hasta el 100% de la suma asegurada.
  • Gastos de reparación: Hasta el 100% de la suma asegurada.
  • El reembolso de los gastos y costas inherentes a la defensa del asegurado se limita al 5% de la suma asegurada de responsabilidad civil.
  • La constitución de fianzas requeridas al asegurado por responsabilidad civil hasta un 100% de la suma asegurada.

Responsabilidad civil y daños propios causados por aguas privadas

Responsabilidad civil

Responsabilidad civil por rotura, desbordamiento y atasco de conducciones privadas

Se garantizan los daños ocasionados a terceros causados por el agua exclusivamente de la rotura, desbordamiento o atasco de las conducciones privadas.

Responsabilidad civil por omisión de cierre de grifos y llaves de paso privadas

Se garantizan los daños ocasionados a terceros por rotura de grifos, sifones, llaves de paso y por cierre defectuoso de los mismos.

Defensa

Se garantizan los gastos de defensa por reclamaciones formuladas por terceros como consecuencia de siniestros garantizados por las coberturas de responsabilidad civil.

Fianzas

Se garantizan las fianzas que puedan ser requeridas al asegurado por responsabilidad civil.

Daños propios

Se garantizan los daños causados por agua a viviendas o locales del edificio procedente de la rotura de conducciones.

Gastos

Localización de la avería

Se garantizan los gastos de localización de la avería siempre que la avería haya producido daños que sean indemnizables por la garantía de responsabilidad civil.

Reparación de la avería

Quedan garantizados los gastos de reparación o sustitución de las piezas que hayan dado lugar a daños que sean indemnizables por la garantía de responsabilidad civil.

Límite máximo de indemnización: 100% de la suma asegurada con los siguientes sublímites:

  • Gastos de localización: Hasta el 100% de la suma asegurada.
  • Gastos de reparación: Hasta el 100% de la suma asegurada.
  • El reembolso de los gastos y costas inherentes a la defensa del asegurado quedará limitado al 5% de la suma asegurada.
  • La constitución de fianzas requeridas al asegurado como resultado de la responsabilidad civil quedará limitada al 100% la suma asegurada.

Daños eléctricos comunitarios

Quedan garantizados los daños materiales ocasionados a la red de cableado eléctrico siempre que estas instalaciones sean propiedad de la comunidad y cumplan las normas legales vigentes.

Límite de indemnización: 100% de la suma asegurada.

Daños eléctricos privados

Quedan garantizados los daños materiales ocasionados a la red de cableado eléctrico siempre que estas instalaciones sean propiedad privada y cumplan las normas legales vigentes.

Límite de indemnización: 100% de la suma asegurada.

Roturas de elementos comunitarios

Se garantizan los daños materiales ocasionados por rotura accidental, así como los gastos de colocación y transporte de elementos comunitarios como lunas, espejos, tableros de mármol, granito…

Límite de indemnización: 100% de la suma asegurada con los siguientes sublímites:

  • Loza sanitaria: hasta el 100% de la suma asegurada.
  • Tableros de mármol, granito u otra piedra natural o artificial: hasta el 100% de la suma asegurada.

Rotura de cristales exteriores ubicados en ventanas y balcones privados

Quedan garantizados los gastos de colocación y transporte de los cristales de las ventanas exteriores y balcones privados.

Límite de indemnización: 100% de la suma asegurada.

Daños en muebles de cocinas privadas

Se garantizan los daños materiales ocasionados a los muebles de cocina que sean fijos de las viviendas que formen parte del edificio asegurado, siempre que el siniestro esté cubierto por alguna de las garantías contratadas en póliza.

Límite de indemnización: Límite máximo de 3000 euros por vivienda.

Rotura en loza sanitaria privada

Se garantizan los daños causados por rotura accidental, así como los gastos de colocación y transporte de aparatos sanitarios de dependencias privadas de las viviendas o locales del inmueble asegurado.

Límite de indemnización: 100% de la suma asegurada.

Robo y complementarios

Robo

Se garantiza la sustracción de los bienes que estén ubicados de manera habitual en zonas comunes del inmueble contra la voluntad del asegurado y mediante actos que impliquen fuerza o violencia sobre los objetos.

Desperfectos por robo

Daños causados a puertas, ventanas, suelos, techos o paredes ubicados en zonas comunes del edificio.

Hurto

Sustracción de bienes que sean objeto de seguro y que se realicen en contra de la voluntad del asegurado mediante actos que no impliquen violencia o intimidación.

Expoliación de residentes en el inmueble

Sustracción de bienes que sean objeto de seguro y que se realicen en contra de la voluntad del asegurado mediante actos que impliquen violencia o intimidación sobre las personas que los custodian.

Fondos comunitarios

Robo y expoliación de los fondos pertenecientes a la comunidad que se encuentren en manos de la persona responsable de los mismos, siempre que sean integrantes de la comunidad.

Infidelidad de empleados

Pérdidas materiales que sufra el asegurado por sustracción, fraude, malversación, falsificación o apropiación indebida cometido por un empleado al servicio de la comunidad o por un copropietario que se encargue de la administración de los fondos de la comunidad.

Límite de indemnización: 100% de la suma asegurada para continente y contenido.

Robo de enseres de los empleados de la comunidad

Se garantiza la sustracción de bienes pertenecientes a los empleados del inmueble asegurado, siempre que:

  • Los trabajadores estén dados de alta en la seguridad social.
  • Los bienes estén ubicados en el edificio.
  • El apoderamiento de los objetos se haya realizado mediante actos que impliquen fuerza o violencia.

Límite de indemnización: 100% de la suma asegurada.

Restauración estética del continente privado

Queda garantizado el pago de los gastos adicionales ocasionados al edificio asegurado por la restauración estética inicial del continente privado como consecuencia de la reparación de un siniestro (cuando no sea posible realizar la reparación sin la pérdida de la armonía estética inicial del continente).

Límite de indemnización: 100% de la suma asegurada.

Reconstrucción zonas ajardinadas

Gastos de reconstrucción de los jardines de uso común.

Límite de indemnización: 20% de la suma asegurada para continente.

Rotura de maquinaria

Los daños materiales sufridos por las máquinas que forman parte de los bienes objeto del seguro como consecuencia de:

  • Errores humanos
  • Fenómenos eléctricos
  • Daños ocasionados por la falta de agua en las calderas u otros aparatos productores de vapor, aflojamiento de piezas…
  • Desgarramiento debido a fuerza centrífuga.
  • Caídas, colisiones, obstrucción o entrada de cuerpos extraños.
  • Autocombustión.

Límite de indemnización: 100% de la suma asegurada.

En caso de siniestro queda establecida una franquicia del 20% de la indemnización.

Rotura equipos de instalaciones de energía fotovoltaica

La reparación o reposición de los equipos de la instalación de energía solar fotovoltaica como consecuencia de daños accidentales que se produzcan durante su utilización.

Límite de indemnización: 100% de la suma asegurada.

En caso de siniestro queda establecida una franquicia del 20% de la indemnización.

Accidentes personales de empleados

Queda garantizado el pago de una indemnización como consecuencia de un accidente que derive en:

  • Invalidez Permanente
  • Fallecimiento

Límite de indemnización: El indicado en las condiciones particulares.

Vehículos en garaje

Quedan garantizados los daños materiales de los automóviles como consecuencia de explosión, incendio o caída del rayo que estén depositados en el interior del garaje comunitario.

Límite de indemnización: 12.000 euros máximo por plaza de garaje.

Servicio de vigilancia

Los gastos de vigilancia del inmueble asegurado hasta un máximo de 72 horas en caso de que el edificio resultara inhabitable.

Límite indemnización del 100% de la suma asegurada.

Exclusiones generales

No asume las consecuencias de siniestros debidos a:

  • Siniestros cuya causa tenga lugar fuera del período de vigencia de la póliza.
  • Negligencia grave por parte del asegurado, del tomador del seguro o de las personas que dependan del tomador del seguro o del asegurado.
  • Guerra civil o internacional, terrorismo, atentados con fines políticos o sociales…
  • Erupción volcánica, terremotos, desprendimiento…
  • Reacción, radiación nuclear o contaminación radioactiva.
  • Siniestros cubiertos por al Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Siniestros calificados por el Gobierno como catástrofe o calamidad nacional.
  • Oxidación, defecto de fabricación, instalación o construcción de los bienes objeto del seguro.
  • Uso o desgaste normal de los bienes objeto del seguro.
  • Daños a bienes que se encuentren al aire libre.
  • Contaminación, polución o corrosión.
  • Destrucción, deterioro o desaparición de los bienes objeto del seguro fuera del lugar o situación previstos en póliza.
  • Diferencias entre daños producidos y cantidades indemnizadas por el Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Perjuicios, daños consecuenciales y pérdidas derivadas de la ocurrencia del siniestro.
  • Daños que se produzcan con ocasión de asentamientos, desprendimientos, hundimientos del terreno…
  • Responsabilidades que deban ser objeto de cobertura por un seguro obligatorio.
  • Edificios en construcción, rehabilitación o demolición.
  • Edificios deshabitados de manera permanente.
  • Multas, penalizaciones o sanciones de cualquier clase y las consecuencias en caso de impago.
  • Daños en datos o software.
  • Daños a causa de disminuir el funcionamiento, la disponibilidad…
  • Responsabilidad medioambiental exigida por la Administración Pública para reparar daños causados al agua, al suelo, a especie silvestres…
  • Incumplimiento de normas o reglamentos vigentes.